Los terribles efectos sobre la economía de particulares y autónomos, que está provocando la crisis del COVID 19, tienen una posible solución, en orden a la eliminación de las deudas que no puedan cubrir los afectados, con la Ley de la Segunda Oportunidad, promulgada en el año 2015, pero que hasta la fecha ha tenido una incidencia muy relativa en su aplicación práctica.

Se trata de un procedimiento concursal, que permite, tras intentar un acuerdo extrajudicial con los acreedores, obtener la exoneración de las deudas que no se hayan podido liquidar con la venta de los bienes del deudor, lo que en definitiva le supone tener una segunda oportunidad en su vida económica, ya que una vez liquidados sus activos, no seguirá debiendo dinero a sus acreedores y podrá de esa forma reiniciar su actividad económica, sin la losa de unas deudas impagables que lastrarían cualquier intento de recuperación económica.

Los requisitos que exige la normativa vigente, es que se trate de una persona natural que haya actuado de buena fe, que el concurso no haya sido declarado culpable, y que el deudor no haya sido condenado en sentencia firme por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores en los diez años anteriores a la declaración de concurso.
Hay que tener en cuenta además que existe la obligación de presentar concurso de acreedores dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia, a tenor del Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, no se puede instar el concurso de acreedores hasta el 31 de diciembre de 2020, aunque si se puede preparar el proceso y en su caso poner en marcha la fase previa que es la propuesta de acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores.
Por ello es recomendable asesorarse con su abogado de confianza para estudiar el caso concreto y tomar las disposiciones más adecuada para poder salvar la grave situación económica ante la que nos encontramos.

Barcelona, septiembre de 2020

 

 

©JOAQUIN VERDÚ JOUANNEAU
Abogado
Barcelona, Septiembre de 2020

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