El próximo día 25 de mayo de 2018, entrará en vigor el nuevo Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea, que introduce importantes novedades en la materia

y que requiere en consecuencia la revisión y adaptación, en su caso,  de los procedimientos hasta ahora establecidos para el tratamiento de datos personales de las personas físicas. 

La nueva reglamentación introduce novedades respecto de ordenamiento español, como la figura del delegado de protección de datos en determinados supuestos, requisitos más estrictos para la obtención del consentimiento del interesado, que debe ser una manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca del interesado, a la par que se refuerza la protección de los datos personales de los menores.  

El nuevo reglamento introduce también figuras nuevas, como el derecho de supresión o derecho al olvido, por el que el interesado puede obtener sin dilación la supresión de sus datos personales de las bases de datos, o el derecho a la portabilidad, es decir el derecho del interesado de obtener sus datos personales en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica, para transmitirlos a otro responsable de datos, sin impedimento alguno.

En definitiva, conviene revisar el sistema de tratamiento de datos de cada responsable, a fin de adaptar la operativa a la nueva reglamentación, que requiere un estricto cumplimiento, máxime cuando las sanciones en materia de infracciones a la normativa de datos personales, pueden alcanzar multas considerables de hasta seiscientos mil euros.

© Joaquín Verdú Jouanneau - Abogado

Barcelona, marzo 2018 

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